info.sierrajuridica@gmail.com
955 134 976    607 521 974

EL DESPIDO IMPROCEDENTE

EL DESPIDO IMPROCEDENTE

¿Qué es un despido improcedente?

Un despido improcedente es básicamente la rescisión unilateral del contrato de trabajo por parte de la empresa. Sin embargo, el despido puede ser procedente y por tanto legal si la empresa demuestra causas específicas como pueden ser los incumplimientos del trabajador respecto a sus tareas, la falta de asistencia o de puntualidad continuada, etc. También puede darse cuando no se cumplen los requisitos establecidos por los convenios colectivos vigentes o en la ley.


¿Cuándo se produce un despido improcedente?

Por lo general, hay tres factores que marcan si un despido debe considerarse como improcedente:

1) El empleador no ha cumplido con las formalidades legales requeridas. Estas pueden ser, por ejemplo, la falta de descripción de los motivos que justifican el despido, la ausencia de notificación efectiva y en forma al trabajador, etc.

2) El empresario no prueba que los hechos alegados para el despido poseen la gravedad suficiente como para ser un despido procedente.

3) No aparece en la carta de despido un informe o expediente contradictorio por parte del delegado sindical o el representante de los trabajadores, si el centro de trabajo cuenta con esta figura.


¿Qué debe hacer el trabajador en caso de enfrentarse a un despido improcedente?

Hay dos supuestos:

1) El primero de ellos será aquel en el que el empresario despide al empleado, en teoría, de forma procedente. Si esto sucede y el trabajador no está de acuerdo, deberá presentar una demanda laboral en la que justifique el porqué de la improcedencia del despido. Habrá un acto de conciliación y, en caso de no llegar a un acuerdo, un juez será el encargado de dictar sentencia.

2) El segundo será aquel en que el empresario despide al empleado a sabiendas de que lo hace de manera improcedente. En este supuesto, hay dos opciones posibles ante la demanda del empleado:

Readmisión del trabajador. El juez puede obligar al empresario a readmitir al trabajador con carácter inmediato en su puesto de trabajo y, además, pagarle el salario que no percibió durante los meses en los que estuvo desempleado como consecuencia del despido hasta la fecha de publicación de la sentencia (es lo que formalmente se llaman “salarios de tramitación”). En caso de que, en ese transcurso de tiempo, encontrase otro trabajo, solo deberá remunerar el período de tiempo que estuvo en paro.

Indemnización al trabajador. El empresario puede negarse a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo en cuyo caso la decisión recaerá en el empleado. En este caso, deberá hacer frente a la correspondiente indemnización que el juez marque en función de lo estipulado por la ley.


¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

Calcular el montante de la indemnización puede no ser sencillo si pretendes hacerlo por tu cuenta, por lo que te aconsejamos que lo pongas en manos de un profesional. En este sentido, lo primero que hay que analizar es el período de tiempo que se ha estado empleado por la empresa, lo que todos conocemos por “antigüedad”. Y es que, en este sentido, la ley contempla una cantidad para el tiempo de trabajo anterior al 12 de febrero de 2012, es decir, a la publicación en el BOE de la Reforma Laboral vigente y otra para el lapso de tiempo posterior.

Aclarado esta cuestión, hay que decir que, todo el tiempo cotizado con anterioridad a la publicación de la Reforma Laboral, computa a razón de 45 días de salario por año trabajado. Por su parte, el tiempo posterior lo hace a 33 días de salario por año trabajado.


La liquidación por el despido: ¿cuánto me tienen que pagar entonces?

A la cantidad resultante de la indemnización laboral por despido improcedente hay que añadir, además, el de la liquidación por despido en caso de que esta no se haya hecho efectiva en el momento de la rescisión del contrato. En concreto, se calcula sumando los días trabajados del mes en curso a los días de vacaciones que correspondan y al porcentaje de pagas extras que tiene que percibir el empleado.

La suma de la liquidación por despido y la indemnización por despido improcedente hacen el total de dinero que el trabajador tendrá que cobrar en caso de que se haya producido la rescisión unilateral del contrato por parte del empresario sin que se hayan cumplido todos los requisitos marcados por la ley para que fuese considerado procedente.

 

¿Te gustó el artículo?, tienes más a tu disposición en nuestra sección   “TE LO EXPLICAMOS”

Para más información contacte con Sierra Jurídica.

Tfnos. 955 134 976 y 607 521 974 www.sierrajuridica.com